1. Requisitos, forma de integración en la Red y bajas de la misma

1.1 Requisitos de las Bibliotecas o Centros de Documentación para formar parte de la Red:

1.1.1 Estar especializados en documentación sobre mujeres.

1.1.2 Ser de uso público y con un horario de atención determinado.

1.1.3 Tener un fondo catalogado y organizado con procedimientos normalizados.

1.1.4 Contar con personal técnico o con experiencia en gestión documental.

1.2 Forma de integración:

El Centro de Documentación o Biblioteca que desee formar parte de la Red presentará a la Comisión Coordinadora una carta de la Dirección de la entidad (Organismo de igualdad, Concejalía, Universidad, Asociación, etc.) a la que se adscribe el Centro en cuestión, firmada por la persona responsable, solicitando la integración en la Red y declarando que se cumplen los requisitos y se aceptan las normas de la misma.

La solicitud se acompañará de una Memoria detallada del Centro de Documentación o Biblioteca solicitante (no de la entidad a la que pertenezca), donde debe figurar la dependencia orgánica del servicio, carácter del mismo, horario de atención al público, número de fondos especializados, profesionales al frente del mismo, nivel de catalogación o tratamiento realizado, etc.; además, debe incluir fotografías del Centro.

En caso de que de la Memoria no se infiera con claridad que el Centro solicitante cumple los requisitos exigidos, la Comisión Coordinadora podrá recabar del mismo más información antes de que la Red adopte una decisión al respecto en asamblea.

En los Encuentros, se acordará la integración o no del Centro solicitante en la Red.

1.3 Bajas:

1.3.1 Será causa de baja para un centro la no asistencia de su representante durante dos años consecutivos a los Encuentros, salvo que haya cumplido la totalidad de los demás compromisos acordados, incluyendo la participación activa en los trabajos colectivos de la Red, y que exprese su voluntad de seguir formando parte de la misma y de cumplir los nuevos acuerdos que se adopten.

1.3.2 Causará baja todo centro que deje de cumplir de forma continuada alguno de los requisitos exigidos en el presente documento para pertenecer a la Red.

1.3.3 Las bajas se decidirán en asamblea, en el Encuentro anual, y la Comisión Coordinadora las comunicará a los centros afectados formalmente por escrito y con acuse de recibo, dándoles la oportunidad de que en un plazo prudencial aleguen lo que estimen oportuno para revisar la baja. De todo ello será informado el Centro organizador para que éste pueda hacer las gestiones pertinentes de cara al siguiente Encuentro de la Red.

2. Objetivos generales de la Red

2.1 Fomentar la cooperación profesional entre los centros de la Red.

2.2 Coordinar el esfuerzo y la labor que realizan los centros integrantes de la Red para un mejor logro de sus fines.

2.3 Unificar criterios en el tratamiento de la documentación para facilitar el intercambio de información entre los centros de la Red.

2.4 Elaborar herramientas de trabajo (productos documentales, catálogos colectivos, etc.) que faciliten la labor de los centros de la Red.

2.5 Propiciar la publicidad de la Red y de los centros de documentación y bibliotecas que la integran y de sus fondos.

2.6 Favorecer la formación continuada, desde una perspectiva de género, del personal especializado en Biblioteconomía y Documentación en el uso de las tecnologías y en la gestión de los centros de documentación y bibliotecas de mujeres.

2.7 Promover, en la medida de lo posible, el intercambio y la comunicación con otras redes similares.

3. Funcionamiento de la Red

3.1 Encuentros

3.1.1 Serán de carácter anual.

3.1.2 Estarán constituidos por el personal técnico de los centros adscritos a la Red, que actuará con voz y voto. El Centro organizador podrá invitar a personal con cargos institucionales de los Centros que forman la Red el día de la inauguración del Encuentro, para la apertura del mismo y durante el intercambio de experiencias o buenas prácticas. Las mesas de trabajo estarán compuestas exclusivamente con personal técnico de los Centros.

3.1.3 Los acuerdos se tomarán por decisión mayoritaria de los centros presentes. En caso de que sea necesario se realizará votación secreta (un centro, un voto).

3.1.4 La moderación de los Encuentros se realizará por la entidad organizadora.

3.1.5 El centro organizador de los siguientes Encuentros se acordará de entre los centros que presenten la candidatura correspondiente.

3.1.6 Comisión Organizadora del Encuentro:

  • Estará formada por representantes de los centros organizadores del Encuentro entrante y saliente.
  • Su renovación será anual y su trabajo se efectuará en el espacio comprendido entre los dos Encuentros.
  • Corresponderá al Centro saliente:
  • Editar el directorio actualizado de los centros de la Red, que debe de incluir el horario de atención al público.
  • Redactar las actas del Encuentro en un plazo máximo de tres meses tras la celebración del mismo.
  • Corresponderá al Centro entrante preparar el próximo Encuentro.

3.2. Comisión coordinadora

3.2.1 Estará compuesta por 5 integrantes de la Red que se propondrán y aprobarán en Asamblea.

3.2.2 Tendrá las siguientes funciones:

  • Representación
  • Coordinación
  • Difusión
  • Cualquier otra tarea que la asamblea de todos los centros le otorgue.

3.2.3 Se encargará de las siguientes tareas:

  • Gestiones relativas a la comunicación de altas y bajas
  • Gestión de los acuerdos adoptados en asamblea
  • Gestión del correo electrónico de la Red

3.2.4 La renovación de esta comisión será anual.

3.3. Comisiones de trabajo

3.3.1 Son las responsables de desarrollar los objetivos específicos formulados en los Encuentros y los temas de trabajo que puedan surgir en el intervalo entre ellos.

3.3.2 Estarán compuestas por el personal técnico de los centros adheridos a la Red que se propongan y aprueben en los Encuentros.

3.3.3 Cada comisión estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de 5 personas o, en su caso, el número de integrantes aprobados en los Encuentros.

3.4.4 Las comisiones comunicarán el resultado de sus trabajos en los Encuentros y proporcionarán por escrito los contenidos de sus comunicaciones y conclusiones al Centro organizador del Encuentro saliente para la edición de las Actas de dicho Encuentro.

4. Derechos y compromisos de los Centros de la Red

4.1 Derechos

4.1.1 Beneficiarse del intercambio de información, documentos, métodos de trabajo, etc., además de formar parte de las listas de distribución y recibir copia de las conclusiones de los encuentros, etc.

4.1.2 Votar en los Encuentros para la adopción de los acuerdos de la Red.

4.2 Compromisos

4.2.1 Hacer efectivos los objetivos de la Red.

4.2.2 Enviar las publicaciones propias al resto de centros de la Red.

4.2.3 Asistir al Encuentro anual de la Red salvo causas justificadas.

4.2.4 Participar activamente en el trabajo colectivo de la Red.